JCE pide equidad en colocación de publicidad

In Destacadas
abril 16, 2016
0 Comments

Por Máximo Zabala

PLENO JCESanto Domingo.- El Pleno de la Junta Central Electoral (JCE) decidió que los administradores y directores de los medios del Estado y bajo control estatal, garanticen la igualdad de acceso a los partidos políticos o alianzas de partidos con candidaturas aprobadas, así como la equidad en sus programaciones diarias, y de manera especial en sus noticiarios

El organismo conoció también la comunicación remitida por el Magistrado Eddy de Jesús Olivares Ortega, miembro titular, mediante la cual proponía medidas cautelares para impedir el uso de los planes sociales, muy en particular procurando “la congelación de las nóminas correspondientes al personal transitorio así como cualquier otra que existan en las instituciones públicas y que puedan ser utilizadas para favorecer a partidos y candidatos”.
El Pleno decidió requerir de la Contraloría General de la República y de la Cámara de Cuentas de la República efectuar un experticio y remitir un informe a la Junta Central Electoral en el que indique cual ha sido el movimiento de este tipo de nómina de personal temporero en el periodo electoral e indicar en todo caso la Contraloría General, en el ámbito del Poder Ejecutivo, y la Cámara de Cuentas en los municipios, Distritos Municipales y demás poderes e instancias públicas dentro de su ámbito a fin de determinar si se está cumpliendo ciertamente una congelación de la nómina.
Se decidió que esas informaciones deben llegar a la JCE a la mayor brevedad posible y dentro del periodo electoral, tomando en cuenta la necesidad de agilizar la satisfacción de este requerimiento.
A continuación las resoñluciones emitidas en el pleno, celebrado este viernes:

PRIMERO: Disponer que los administradores y directores de los medios del Estado y bajo control estatal, garanticen la igualdad de acceso a los partidos políticos o alianzas de partidos con candidaturas aprobadas, así como la equidad en sus programaciones diarias, y de manera especial en sus noticiarios.

SEGUNDO: Autorizar a que cada uno de los partidos o alianzas de partidos que tengan candidaturas aprobadas para las elecciones del próximo 15 de mayo del 2016, sean beneficiarios de los espacios gratuitos siguientes:

Cuatro (04) cuñas diarias de sesenta (60) segundos máximos cada una, en beneficio de los partidos o alianzas de partidos que tengan candidaturas aprobadas para las elecciones del próximo 15 de mayo del 2016, en los canales CERTV (CANAL 4), TELECENTRO (CANAL 13) y RNN (CANAL 27). Esta disposición abarca también a las estaciones de radio bajo control del Estado.

TERCERO: En caso de que los partidos y alianzas de partidos beneficiarios de esta disposición requieran de espacios, para la realización de programas o difusión de otras informaciones vinculadas al proceso electoral, de los medios de divulgación bajo la administración o control del Estado, tendrán previamente que solicitar autorización de la Junta Central Electoral.

PARRAFO: Los anuncios o spots publicitarios que se vayan a insertar dentro de la programación de los espacios cedidos, así como cualquier programa o información se vaya a colocar, deberá ser entregado a la Junta
Central Electoral, entidad que deberá enviarlo al medio de difusión o divulgación en el menor tiempo posible.

CUARTO: En los casos de los partidos que concurren aliados en el actual proceso electoral, el que personifique la alianza es el que dispondrá del uso de estos espacios.

QUINTO: Los horarios correspondientes a estos espacios gratuitos serán distribuidos de manera aleatoria y rotativa entre los partidos y alianzas de partidos beneficiarios, de manera que estos puedan promocionar sus mensajes y propuestas en distintos segmentos de la población de manera equitativa.

SEXTO: El uso de estos espacios gratuitos no está sujeto a cesión ni transferencia de ningún tipo, por lo que el partido o alianza de partido que permita el uso del mismo para un fin particular o comercial, o ajeno a la promoción de su candidatura, será privado inmediatamente del disfrute del mismo.

SEPTIMO: Disponer como al efecto dispones en relación con los medios de divulgación administrados o bajo el control privado, garantizar que todas las agrupaciones o partidos políticos disfruten de posibilidades iguales en la utilización de esos medios divulgación durante el período electoral, siempre que para tales fines paguen las tarifas acostumbradas, que no podrán ser mayores para la actividad política que las que se pagan por dichos espacios, servicios o instalaciones cuando se trate de asuntos comerciales, profesionales, personales o de cualquier otra índole.

OCTAVO: La Junta Central Electoral velará porque los anuncios y programas divulgados en estos espacios se ajusten estrictamente al cumplimiento de la ley, en particular a las disposiciones del artículo 94, letra d), que prohíbe que las agrupaciones o partidos usen frases o conceptos contrarios a la decencia, al decoro y a la dignidad de las agrupaciones o partidos políticos adversos y sus candidatos.

NOVENO: Las decisiones anteriormente tomadas no deben ir en detrimento de la capacidad de cada una de las formulas presidenciales y partidos políticos de las contrataciones que pudieran hacer en medios del sector privado en cuyos casos se les debe garantizar igualdad de tarifas y oportunidad, de conformidad con lo establecido y con lo dispuesto por la Ley 275-97 corresponderá a la Junta Central Electoral:

DÉCIMO- Los medios de comunicación anteriormente indicados no podrán difundir en sus horarios ninguna otra publicidad de carácter proselitista electoral de ninguna de las 8 fórmulas mencionadas, en exceso de lo aquí establecido.

ONCEAVO- Dictar las admoniciones que correspondan, contra quienes emitan por cualquier medio de difusión, frases o conceptos contrarios a la decencia, decoro y dignidad de las agrupaciones o partidos políticos o sus candidatos (as), conforme el Art. 94, letra d) la Ley Electoral No.275-97.

DOCEAVO- Adoptar todas las medidas cautelares que fueren necesarias para garantizar el efectivo cumplimiento de la presente Resolución.

TRECEAVO- La presente decisión será colocada en la página Web y tablilla de la Junta Central Electoral así como en los medios de comunicación del país.

Share Button

8 Responses to “Detienen a 48 haitianos indocumentados en operativos militares en la frontera noroeste”

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *